En el decreto 67/2007, por el que se establece y ordena el currículo del segundo ciclo de la educación infantil en la comunidad autónoma de Castilla-la mancha, se hace mención al tema de discapacidades donde se engloban los alumnos con necesidades especiales (ACNE) de una manera mas general, englobándolo dentro de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE), los apartados donde aparecen estas menciones en el currículo son las siguientes:
Artículo 2. principios generales:
3. La respuesta al alumnado con necesidades especificas de apoyo educativo se desarrollará de manera normalizada e inclusiva
Artículo 8. Respuesta a la diversidad del alumnado
1. La atención a a la diversidad se entiende como el conjunto de actuaciones educativas dirigidas a dar respuesta al alumnado y a su entorno en función de las diferentes capacidades, ritmo y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones sociales, culturales, lingüísticas y de salud.
2. La respuesta al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo partirá de la identificación de sus características, responderá a los mismos objetivos y competencias que los del resto de sus compañeras y compañeros, se organizará de manera individualizada en el contexto del aula con los recursos necesarios y facilitará la coordinación con las familias y con el resto de sectores implicados.
4. El niño excepcionalmente podrá permanecer escolarizado en el segundo ciclo de educación infantil un año más de los tres que constituye el mismo, cuando el dictamen de escolarización así lo aconseje, previa autorización expresa de la consejería competente en materia educativa.
REALIZADO POR: RAQUEL
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